domingo, 18 de noviembre de 2018

LACAP

LEY DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN  PÚBLICA 



Objeto de la Ley 

Art. 1.- La presente Ley tiene por objeto regular las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios, que deben celebrar las instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de sus fines; entendiéndose para los alcances y efectos de ésta, que la regulación comprende además los procesos enunciados en esta Ley. 



Contratación pública, es la compras a traves de cualquier medio contractual de bienes, obras y servicios, por parte de las instituciones de la Administración Pública para satisfacer sus propias necesidades o para proveer los servicios a la población, sin que estos tengan como finalidad su comercialización o reventa.
Las compras que realiza el gobierno poseen un efecto positivo en la economía, generando oportunidades para que empresas y productores ofrezcan sus bienes y servicios a precios competitivos, que luego se transforman en beneficios para los demás agentes económicos involucrados en el proceso.
Debido a que los fondos gubernamentales provienen principalmente de los contribuyentes, es de suma importancia que los procesos de compra se realicen de forma efectiva y transparente y que existan las condiciones que garanticen una libre competencia entre las partes involucradas.



A nivel nacional, la compra de bienes y servicios realizadas por las instituciones de la Administración Pública permiten a los gobiernos suministrar servicios públicos y desempeñar otros tipos de funciones de bienestar común, como por ejemplo: construcciones de carreteras, hospitales escuelas; compras de medicamentos, papelería, vehículos, entre otros.
Debemos destacar como parte de la Contratación Pública los principios de transparencia y no discriminación y libre competencia los cuales son válidos en nuestro país, y así mismo a nivel internacional.
Un sistema de contratación pública eficiente bien regulado, debe de incorporar los principios de transparencia y no discriminación, con la finalidad de asegurar una óptima relación calidad precio en las compras públicas, facilitando de esta forma el comercio internacional de bienes y servicios.

Formas de contratación

La forma de contratación para celebrar contratos regulados por la ley se identifican en el siguiente cuadro:

Formas de contrataciónConcepto
Licitación o concurso públicoLa Licitación Pública es el procedimiento por cuyo medio se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en proporcionar obras, bienes y servicios que no fueren los de consultoría (artículo 59). El Concurso Público es el procedimiento en el que se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en la presentación de servicios de consultoría (artículo 60).
Libre GestiónEs aquel procedimiento simplificado por medio del cual las instituciones seleccionan al contratista que les proveerá obras, bienes, servicios o consultorías, hasta por el monto establecido en la Ley (artículo 68).
Contratación directaEs la forma de contratación con una o más personas naturales o jurídicas, manteniendo los criterios de competencia cuando aplique. Esta decisión debe consignarse mediante resolución razonada emitida por el titular de la institución, junta directiva, consejo directivo o consejo municipal, según sea el caso (articulo 71)

AUTORIDADES COMPETENTES

Son responsables por la aplicación de la LACAP y su Reglamento, según el caso, todas las Instituciones de la Administración Pública del Estado de El Salvador, debiendo resaltarse las siguientes instancias:


Ministerio de Hacienda: que dentro de sus principales funciones tiene la de proponer, al Consejo de Ministros para su aprobación, la política anual de las Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública, con exclusión de los órganos Legislativo, Judicial y de las Municipalidades, a los que corresponde determinar, independientemente, a su propia                           política de adquisiciones y contrataciones.


Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC), la cual está adscrita al Ministerio de Hacienda, y sus atribuciones son, entre otras Proponer al Ministro de Hacienda, la política anual de las Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública.

Fuente: http://infotrade.minec.gob.sv/escritos-generales/contratacion-publica/









OPINIÓN:
Considero que esta ley es de suma importancia para nuestro país ya que por medio de ella se realizan todas las contrataciones necesarias para llevar a cabo obras públicas como la construcción de carreteras, puentes, puertos y todo lo que sea de necidad para la población, mediante la LACAP se muestran todos los lieneamientos y normativas que deben de seguir las instituciones publicas para poder hacer contrataciones y con ello procurara que siempre exista transperencia en la elcción.

domingo, 11 de noviembre de 2018

TARJETAS DE CRÉDITO

Sistema de tarjetas de crédito es el  conjunto complejo y sistematizado de contratos individuales, cuya función principal consiste en servicios de administración de cuentas, de tarjetahabientes y comercios o instituciones afiliadas al sistema, a partir de un contrato de apertura de crédito; y su finalidad es posibilitar a los tarjetahabientes la realización de operaciones de compra de bienes y servicios en comercios o instituciones afiliadas al sistema o anticipo de dinero en efectivo en instituciones financieras.



¿Para que sirve una Tarjeta de Crédito?





Un plástico de este tipo sirve para acceder al crédito revolvente (llamado así porque puede usarse en repetidas ocasiones) y utilizarlo en los comercios que acepten ese medio de pago, es decir, la tarjeta de crédito. De esta forma no es necesario desembolsar dinero en efectivo.

¿Como Funciona una Tarjeta de Crédito?



Simplemente basta con mostrar la tarjeta de crédito en la caja y firmar un pagaré (también conocido como voucher), por la cantidad de la compra.

La institución emisora de la tarjeta, posteriormente, liquidará al comercio el importe de la compra a nombre de su cliente. Posteriormente la cantidad adeudada por el titular de la tarjeta deberá ser liquidada a la institución financiera, la cual puede ofrecer diferentes esquemas de pago diferido con y sin intereses por financiamiento.

Los establecimientos que aceptan tarjetas de crédito están afiliados a una o varias de las redes procesadoras de transacciones que operan en el mundo, como lo son: Visa, MasterCard y American Express.

La mayor red es la operada por Visa y las tarjetas emitidas por sus bancos afiliados son aceptadas en más de 30 millones de establecimientos en más de 200 países y territorios en el mundo. Las redes son las responsables de procesar las transacciones y garantizar la operación de las tarjetas de crédito de manera global.






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OPINIÓN PERSONAL:
Considero que las tarjetas de crédito son herramientas que solo deben ser utilizas en emergencias u ocaciones espontaneas, este tipo de crédito tienen muchos beneficios para los tarjetahabientes ya que si se utilizan de la manera correcta ayudan a acumular puntos o millas que se pueden utilizar en compras o viajes posteriores, sin embargo el uso de una tarjeta de crédito representa el manejo de una responsanilidad muy grande puesto que se crea un recor crediticio que dependera de las compras y la puntualidad con la cual se realicen los abonos y pagos correspondientes.

ZONAS FRANCAS

 


Una zona franca​ es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios​, como la exención del pago de derechos de importación de mercancías, así como exoneraciones de algunos impuestos o una diferente regulación de estos.



Las zonas francas están presentes en El Salvador desde principios de la década de 1970, cuando se creó la zona franca de San Bartolo, la cual llegó a albergar un importante grupo de empresas relacionadas con el ensamblaje de diferentes productos, pasando desde los textiles hasta los productos electrónicos. Las zonas francas ofrecen grandes ventajas para los inversionistas extranjeros, de las cuales las más significativas son la exención de impuestos sobre la transferencia de bienes, renta, transferencia de propiedades así como de los impuestos municipales.

Con el advenimiento de la guerra y la consecuente inestabilidad política, las inversiones en zonas francas decayeron notablemente, pero, a partir de 1992, una vez finalizada la guerra, el gobierno procedió a implementar acciones para atraer mayor inversión extranjera mediante la promulgación de leyes especiales, así como la creación de una diversidad de zonas francas y recintos fiscales.

Desde sus inicios, las maquilas han despertado variadas polémicas sobre su funcionamiento, debido al efecto que la transnacionalización de las inversiones textiles tiene sobre el nivel de empleo en los países desde donde emigran las maquilas y, por otra parte, al trato que en ellas se dispensa a las trabajadoras. En variados momentos, incluyendo el presente, los movimientos sindicales estadounidenses han protestado por la política de la AID de promover zonas francas en Centroamérica, pues ello implica fuga de empleos para los trabajadores estadounidenses y reducciones importantes en los salarios que son pagados por las empresas maquileras instaladas en Centroamérica. Por otra parte, los conflictos laborales en las maquilas han llegado a tales niveles que, en diversas ocasiones, provocaron huelgas y despidos masivos de trabajadoras. 


Con todo, la maquila ha experimentado un franco avance durante la década de 1990, lo cual se refleja en que ha llegado a representar hasta un 44 por ciento de las exportaciones totales en 1997; representa un respetable 9 por ciento de la producción de la industria manufacturera y se estima que ha generado no menos de 50,000 empleos que equivalen a un 13 por ciento de la población ocupada en la industria manufacturera






Las zonas francas en El Salvador y en cualquier otra parte del mundo, son territorios dentro de un país donde se disfrutan de beneficios relacionados con los impuestos ya que de esta forma se promueve la inversión local pero especialmente la extranjera; también podrían llamarse “zonas libres“. En estos se pueden realizar actividades industriales con miras a la exportación, almacenaje, de servicios y comerciales.

El país cuenta con 17 zonas en donde se encuentran alrededor de 200 empresas que significan un estimado de 80 mil puestos de empleos directos y 160 mil empleos indirectos; basta decir que en paga en salarios alrededor de $260, 000,000 USD (doscientos sesenta millones) en salarios a sus empleados y representan casi el 50% de la exportación nacional; exportación que en su mayoría está dirigida a Estados Unidos .En cuanto a aporte realizado al “Seguro Social”, este se estima en $30, 000,000 USD (treinta millones).



  • Una zona franca es un área geográfica específica que se destina a la industrialización con fines de exportación. Se trata de un espacio del territorio de un Estado nacional donde la legislación aduanera se aplica en forma diferenciada o no se aplica, por lo que las mercancías de origen extranjero pueden ingresar y permanecer o ser transformadas sin estar sujetas al régimen tributario normal
  • Una DPA (Depósito de perfeccionamiento activo) es una área del territorio nacional, sujeta a un tratamiento aduanero especial, en donde las mercancías que en ella se introduzcan para ser reexportadas, se reciben con suspensión de derechos e impuestos, para ser sometidos a procesos de transformación, elaboración o reparación y donde los bienes de capital pueden permanecer por tiempo ilimitado.




Exención total del impuesto sobre la renta: 

   
1) por el período de diez (10) años contados desde el ejercicio que inicie sus operaciones por la actividad dedicada a zonas francas, si se ubica en el área metropolitana; 



2) por el período de quince (15) años contados desde el ejercicio que inicie sus operaciones por la actividad dedicada a zonas francas, si se ubica fuera del área metropolitana.

Exención total de los impuestos municipales:


1) por el período de diez (10) años contados desde el ejercicio que inicie sus operaciones por la actividad dedicada a zonas francas, si se ubica en el área metropolitana.


 2) por el período de quince (15) años contados desde el ejercicio que inicie sus operaciones por la actividad dedicada a zonas francas, si se ubica fuera del área metropolitana.




Exención total del impuesto sobre transferencia de bienes raíces:



1)Por la adquisición de aquellos bienes raíces a ser utilizados en la actividad incentivada.







OPINIÓN PERSONAL:
Las Zonas Francas son instituciones que dan muchos beneficios a nuestro pais puesto que ayudan a crear fuentes de empleo y a la vez promueven la inversión extranjera, sin bien es cierto que estas instituciones no generan beneficios al pais en cuanto al pago de impuestos lo hacen apoyando la economia de las familias salvadoreñas, puesto que es muy significativo el porcentaje de la población salvadoreña que trabaja dentro de estas industrias.
En lo personal considero que el Gobierno de El Salvador deberia buscar acuerdos que promuevan un equilibro en el cual todas las partes se ven beneficias. 


Extición de dominio

EXTICIÓN DE DOMINIO



La extinción de dominio es un mecanismo mediante el cual el Estado puede perseguir los bienes de origen o destinación ilícita, a través de una vía judicial que tiene como finalidad declarar la pérdida del derecho de propiedad de dichos recursos. Su importancia radica en que es un instrumento esencial para la ejecución de las estrategias contra el crimen organizado, ya que cumple un papel fundamental en la desarticulación de organizaciones y redes criminales, además de detener los efectos que genera el flujo de recursos ilícitos en la sociedad.

La ley de extinción de dominio tiene por objeto  normar el procedimiento que regula la acción de extinción de dominio a favor del Estado, sobre aquellos bienes que se encuentran dentro de los presupuestos que dan lugar a la misma. Asimismo, regula lo concerniente a la administración de los bienes y su destinación.





La acción de extinción de dominio es una consecuencia patrimonial de las actividades ilícitas, consistente en la declaración de titularidad a favor del Estado por sentencia de autoridad judicial sobre los bienes a que se refiere la presente Ley, sin contraprestación, ni compensación alguna para su titular o cualquier persona que ostente o se comporte como tal.


La extinción de bienes en 10 preguntas a un experto



AUTONOMIA DE LA ACCIÓN


La acción de extinción de dominio se ejercerá mediante un proceso autónomo e independiente de cualquier otro juicio o proceso. 
La acción de extinción de dominio no será ejercida hasta que se agote el proceso previsto en la ley de enriquecimiento ilícito de los funcionarios y empleados públicos y se emita sentencia definitiva condenatoria por la cámara de lo civil respectiva. 


 Durante el procedimiento, se reconocerán al afectado los siguientes derechos:


 a) Tener acceso al proceso directamente y a través de la asistencia y representación de un abogado desde la fase de la investigación

 b) Conocer los hechos y fundamentos que sustentan el proceso en términos claros y comprensibles

c) Presentar y solicitar pruebas e intervenir ampliamente en resguardo de sus derechos

d) Controvertir las pretensiones que se estén haciendo valer en contra de los bienes

 e) Renunciar al debate probatorio y optar por una sentencia anticipada de extinción de dominio. 


Extición de dominio en El Salvador 

OPINIÓN PERSONAL:
Gracias a este tema pude aprender la importancia de la aplicación de esta ley y aunque es una ley bastante nueva tiene bastante relevancia en nuestro pais, ya que lastimosamente son muchos los casos en los cuales se ha aplicado quiza los mas conocidos son de los que en su tiempo fueron presidentes de la república de El Salvador, considero tambien que esta ley esta muy relacionada con otros delitos como el lavado de dinero y activos, corrupción, enrriquecimienrto ilicito por lo tanto Extinción de dominio no considera sanciones o penas por el delito.

LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS










¿Qué es?

El lavado de dinero es una operación que consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legales y circulen sin problema en el sistema financiero.
                               


La ley contra el Lavado de dinero y activos surge en El Salvador por:
  • La necesidad de adoptar las medidas legales a fin de que las inversiones nacionales como extranjeras que se hagan en nuestro país, lo sean con fondos que tengan origen licito.
  •  Es una preocupación del Estado el crecimiento y auge de conductas delictivas, en las cuales los sujetos culpables de las mismas buscan y utilizan diversos mecanismos para darle una apariencia de legitimidad a las ganancias, bienes o beneficios obtenidos de la comisión de determinados delitos, a través de lo que se denomina como Lavado o Blanqueo de Dinero
  • Que para lograr sus objetivos los delincuentes utilizan diversas entidades, especialmente las instituciones financieras para el lavado de dinero proveniente de actividades delictivas, lo cual puede poner en peligro la solidez y la estabilidad de dichas Instituciones, así como la credibilidad del sistema financiero en su conjunto, ocasionando o pudiendo ocasionar la pérdida de confianza del público



                                        

¿COMO FUNCIONA?





En El salvador La UIF es la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República cuya misión es prevenir y detectar actividades asociadas al Lavado de Dinero y de Activos, actuando con seriedad, eficiencia y responsabilidad; conforme los principios de legalidad, justicia, seguridad e imparcialidad.




DELITOS QUE GENERAN EL LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS 

  • Comercio de personas
  •  Administración fraudulenta
  •  Hurto y Robo de vehículos
  • Secuestro
  • Extorsión
  • Enriquecimiento ilícito
  •  Negociaciones ilícitas
  • Peculado
  • Soborno
  •  Comercio ilegal y depósito de armas
  •  Evasión de impuestos
  •  Contrabando de mercadería

  • Aumento del Delito y la Corrupción: El lavado de dinero exitoso ayuda a mejorar los aspectos rentables de las actividades delictivas. Los países considerados como paraísos para el lavado de dinero, atraen a gente que comete delitos. Si el lavado de dinero está extendido, probablemente habrá también más corrupción.
  • Debilitamiento del Sector Privado Legítimo: Uno de los efectos microeconómicos más serios del lavado de dinero recae sobre el sector privado. se sabe que los lavadores de dinero utilizan compañías de fachada, o negocios que aparentan ser legítimos y realizan actividades legítimas pero que en realidad están controlados por delincuentes que mezclan los fondos provenientes de actividades ilícitas con fondos legítimos, para esconder el dinero ilícito.
  • Debilitamiento de las Instituciones Financieras: El lavado de dinero y la financiación del terrorismo pueden perjudicar la estabilidad del sector financiero de un país. De hecho, la actividad criminal ha sido relacionada con varios fracasos bancarios en todo el mundo. Los riesgos del lavado de dinero para las instituciones financieras se describen generalmente como de reputación, operación, jurídicos y de concentración de crédito.
  • Pérdida de control o errores en las decisiones relacionadas con la política económica: Debido a las grandes sumas de dinero involucradas en el proceso de lavado de dinero, en algunos países de mercados emergentes estos fondos ilícitos pueden rebajar los presupuestos gubernamentales, resultando en una pérdida de control de la política económica por parte de los gobiernos o en errores de política debido a errores en la medición de estadísticas macroeconómicas resultantes del lavado de dinero.
  • Distorsión e Inestabilidad Económica: Los lavadores de dinero no están interesados principalmente en la generación de ganancias provenientes de sus inversiones sino en proteger sus ingresos y ocultar el origen sucio de los fondos. De esta manera, ellos “invierten” el dinero en actividades que no son necesariamente beneficiosas económicamente en el país donde los fondos están ubicados.
  • Pérdida de Ingresos por Impuestos: De todas las formas subyacentes de actividades ilegales, la evasión fiscal es, tal vez, la que tiene el impacto macroeconómico más evidente. El lavado de dinero reduce ingresos fiscales al gobierno y por ende perjudica indirectamente a los contribuyentes honestos.
  • Riesgo para la Reputación de un País: Tener una reputación de paraíso de lavado de dinero o de financiación del terrorismo podría generar efectos negativos para el desarrollo y el crecimiento económico de un país. 
  • Costos Sociales: Existen importantes costos y riesgos sociales asociados con el lavado de dinero. El lavado de dinero es un proceso vital para mantener la rentabilidad de las actividades ilícitas.
Fuente: Fuente: ACAMS (Asociación de Especialistas en Anti-Lavado de Dinero Certificados)


Casos de Lavado de dinero y Activos en El Salvador 


OPINIÓN PERSONAL: 

El lavado de dinero y activos es un delito muy grave que en mi opinión se origina por al ambicion de poseer más, las personas que colaboran para que se cometer el delito lo hacen buscando solo un beneficio economico propio y no les importa afectar la estabiliada y reputación de una empresa o del mismo pais, lastimosamente en nuestro pais las instituciones encargadas de vigilir y prevenir estos delitos muchas veces no cuentan con los recursos necesarios y sufucientes para hacer las investigaciones correspondientes y con ello ayudar a erradicar este grave problema. 

Ley USURA



¿Qué es la Usura?


Usura indica una conducta abusiva por parte de un prestamista, generalmente mediante el cobro abusivo de intereses o de exigencias de prenda sobre el préstamo original.

La palabra usura proviene del latín, compuesto por el vocablo usus que indica “derecho de uso” y el sufijo -sura que expresa un tipo de actividad. En este sentido, usura significaba el cobro por el derecho de usar algo que le pertenece, en general, dinero.


En El Salvador la ley contra la usura surge por que  existen personas que aprovechándose de la necesidad o la inexperiencia de otras, les prestan dinero haciéndoles dar o prometer, para sí o para otros, intereses, garantías u otras ventajas pecuniarias evidentemente desproporcionadas con su prestación, que se traducen en consecuencias financieras, económicas y patrimoniales que evidentemente dañan el derecho a la propiedad de quienes sufren estas prácticas abusivas.


En El Salvador la ley contra la usura es relativamente joven fue creada el 7 de diciembre del año 2012.
La Ley contra la Usura entró ayer en vigor después de su aprobación por la Asamblea Legislativa y las observaciones realizadas por el Presidente de la República. Esta medida busca “prohibir, prevenir y sancionar las prácticas usureras, con el fin de proteger los derechos de propiedad y de posesión de las personas”.

La ley es aplicable a cualquier persona natural o jurídica que realice actividades como prestamista, tales como instituciones financieras, casas comerciales, montepíos, comerciantes de bienes y servicios, casas de empeño y, en general, cualquier sujeto o entidad que preste dinero bajo cualquier modalidad.
 El BCR tendrá la responsabilidad de establecer los sistemas para el registro de acreedores y de recibir la información de sus actividades crediticias para, posteriormente, calcular 18 tasas máximas legales de interés. Dichas tasas se hallarán a través de una metodología y en base a los cinco segmentos de créditos y montos establecidos por Ley.

Las tasas máximas que publicará el Banco Central serán los techos de tasas que pueden ser cobradas por los acreedores según el segmento de crédito. Contravenir la Ley, contratando o cobrando por encima de las máximas establecidas, será sancionado por la Superintendencia del Sistema Financiero cuando se trate de entidades supervisadas por ésta; o por la Defensoría del Consumidor, cuando se trate de los demás sujetos obligados en la Ley

El BCR elaborará la norma que contendrán las disposiciones sobre el registro de acreedores, el contenido y remisión de la información crediticia y la forma de cálculo de las tasas máximas. Además, contará con la infraestructura tecnológica necesaria para que prestamistas (ya sean personas naturales o jurídicas) no regulados por la Superintendencia del Sistema Financiero se registren llegado el momento.



OPINIÓN PERSONAL:
Considero que esta ley es de suma importancia para nuestro País ya que son muchas las personas que deben de recurir a tomar prestamos con sujetos ajenos a las instituciones financieras y estos al no estar regulados por un marco legal especifico se aprovechan de las necesidas para otorgar prestamos a tasas de interes demasiado altas, con la creación de esta ley se busca ayudar a contralar este tipo de situaciones buscando siempre el beneficio de los consumidores y la ayuda economica a nuestro pais.

BOLSA DE VALORES







La Bolsa de Valores de El Salvador (BVES) es una institución privada, que forma parte del Mercado de Valores, iniciando sus operaciones el 27 de Abril de 1992.

Desde 1992, la Bolsa de Valores ha desarrollado un papel muy importante en el ámbito económico nacional al facilitar la Desintermediación Financiera, al permitir el acercamiento directo entre empresas e inversionistas, a través de la negociación de instrumentos financieros como acciones, valores de deuda, y otros instrumentos, que permiten canalizar el excedente de recursos hacia las necesidades de financiamiento de las empresas.


¿De que se encarga la Bolsa de Valores?


  • Proporcionar la infraestructura, la supervisión y los servicios necesarios para la realización de los procesos de emisión, colocación e intercambio de valores y títulos inscritos en el Registro Público Bursátil.
  • Hacer pública la información bursátil.
  • Realizar el manejo administrativo de las operaciones y transmitir la información respectiva a la Central de Depósito de Valores S.A. de C.V. (CEDEVAL).
  • Supervisar las actividades de las empresas emisoras y Casas de Corredores de Bolsa, en cuanto al estricto apego a las disposiciones aplicables.
  • Fomentar la expansión y competitividad del mercado de valores salvadoreño.


¿Como opera?


 Las operaciones se realizan en tres tipos de mercados:

 MERCADO PRIMARIO

  • Se relaciona con la Colocación Inicial de Valores. Los inversionistas adquieren directamente de los emisores, a través de una Casa de Corredores de Bolsa, los valores ofrecidos al público por primera vez, recibiendo directamente el emisor, los recursos que requiere. Es decir que en este mercado se realiza la Primera Venta de los valores del emisor para el inversionista.

MERCADO SEGUNDARIO


  • Comprende las ventas sucesivas de Valores, una vez éstos han sido negociados en Mercado Primario y/o Mercado Secundario. Es una "Reventa" de los valores adquiridos con anterioridad, es decir que los inversionistas que posean valores (Bonos o acciones), pueden venderlos a otros inversionistas antes que los valores en cuestión se venzan. Todo el proceso de negociación se realiza a través de las Casas de Corredores de Bolsa.

MERCADO DE REPORTO 

  • En éste mercado se realizan las operaciones de Reporto. Un Reporto es un préstamo de Corto Plazo (entre 2 y 45 días), en el que se transfiere temporalmente como garantía valores. Al inicio de la operación, se pacta el plazo de la misma así como el rendimiento que pagará. Al finalizar el plazo de la operación, la persona que prestó el dinero recibe el importe del préstamo más el rendimiento previamente pactado, y transfiere nuevamente los valores a su dueño.


PARTICIPANTES DEL MERCADO






El Mercado de Valores fomenta el ahorro interno del país, al canalizar el dinero disponible de los inversionistas hacia las empresas emisoras que requieren de financiamiento para el desarrollo de sus proyectos de crecimiento.
En sí, el Mercado de Valores es el conjunto de varios participantes, los cuales interactúan para darle "vida y dinamismo" al mismo. Todos desempeñan un papel importante para garantizar la transparencia, la confianza, el dinamismo y la seguridad del mercado.



  1. La Bolsa de Valores: Facilita las negociaciones de Valores y procura el desarrollo del Mercado Bursátil. Es la “Plaza” o lugar, en la que converge la oferta y demanda de Valores.
  2. Las Calificadoras de Riesgo: Son empresas dedicadas al análisis profundo de riesgo económico-financiero, las cuales emiten su opinión sobre la calidad crediticia de una emisión de valores y/o Empresa Emisora de los mismos.
  3. Las Casas de Corredores de Bolsa: Son los entes que realizan las operaciones de compra y de venta de valores por instrucciones de sus clientes. Son el eslabón que permite que se concreten las transacciones entre quienes desean comprar valores y quienes los ofrecen.
  4. La Central de Depósito de Valores (CEDEVAL): Es la entidad especializada que recibe valores para su custodia y administración.
  5. Los Emisores son quienes emiten los valores que se negocian en la Bolsa de Valores, es decir que ponen a disposición de los inversionistas sus valores.
  6. Las Gestoras: Sociedades cuya actividad es la de invertir el capital aportado por los Partícipes, en los distintos valores que constituyan la cartera del Fondo de Inversión.
  7. Los Inversionistas: Son las personas naturales o jurídicas que invierten su dinero en valores con el fin de obtener un rendimiento a cambio. Un Inversionista puede ser: Accionista o Tenedor de Valores de Deuda o Bonos.
  8. El Representante de los Tenedores: Se encarga de verificar que el proceso se desarrolle adecuadamente, representando los intereses de los inversionistas.
  9. La Superintendencia del Sistema Financiero: Es el ente que fiscaliza todo el sistema bursátil y sus participantes.
  10. La Sociedad Titularizadora: Es la entidad encargada de estructurar la titularización y administrar el Fondo de Titularización.

OPINIÓN PERSONAL:
La bolsa de valores es una institución que busca fomentar el ahorro y la inversion en nuestro pais considero que es de suma importancia ya que ayuda a contribuir un mercado formal, ordenado y competitivo con oportunidades de mejora y crecimiento de la economia tanto a nivel personal como nacional. 

LACAP

LEY DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN  PÚBLICA  Objeto de la Ley  Art. 1.- La presente Ley tiene por objet...